Reglamento Interno de los alumnos
DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS
Normas que resguardan la interrelación respetuosa entre los distintos miembros de la comunidad.(2010-2014)
1.- Todo mimbro de la comunidad escolar deberá ser respetado en su dignidad de persona en todo momento.
2.- Todo miembro del establecimiento tendrá derecho a reclamar por escrito al sentirse vulnerado en su dignidad o trato a través de un libro de reclamo o de una carta.
3.- El Director cada quince días leerá y convocará a la persona afectada para dar respuesta a sus demandas.
4.- El quehacer educativo se desarrollará bajo condiciones de funcionamiento adecuadas y de acuerdo a la normativa vigente
5.- Toda información deberá ser oportuna y dada a conocer a través de ficheros, en el Consejo de profesores, del Consejo de curso, por la radio, página web, en el microcentro y otros que se considere de acuerdo a la situación especial.
6.- Apelar frente a la aplicación de cualquier medida disciplinaría. Esta deberá ser por escrito ante el estamento que corresponda
7.- Ningún alumno podrá rayar, ensuciar ni destruir los espacios educativos, recreativos ni administrativos, de lo contrario deberá aceptar la medida disciplinaria que se le imponga y/o responder por el destrozo, cancelando su valor.
8.- Ningún docente, directivo o asistente de la educación deberá afectar al alumno en su dignidad personal.
Normas que resguarden el trato sin discriminación entre los miembros de la comunidad escolar
1.- Ningún miembro de la comunidad educativa deberá sentirse discriminado por su condición sexual, física, religiosa, económica o cultural.
2.- Toda persona del establecimiento tendrá derecho a ser escuchado y a participar, no importando la función que cumpla dentro de él.
Normas que resguarden la integridad sicológica de los distintos miembros de la comunidad educativa
1.- Todo miembro de la comunidad educativa deberá ser escuchado ante sus inquietudes y recibir respuesta en los plazos establecidos.
2.- Todo alumno del establecimiento deberá tener a lo menos dos consejo de orientación en el mes, que apunten a la prevención del alumno/a; prevención del alcohol y drogas, educación sexual, comunicación, etc. Actividades acordes a su desarrollo psíquico.
3.- El establecimiento ofrecerá actividades extracurriculares, que le permitan al alumno compartir experiencias entre todos los miembros de la comunidad escolar: Día del alumno, actividades de fiestas patrias, aniversario, finalización de semestre.
4.- En caso que se detecte que un alumno presente problemas serios a nivel emocional, deberá recibir orientación. Al profesor jefe le corresponderá entregar la primera atención al alumno o alumna y en caso de considerarlo derivar al orientador(a). También podrá hacerlo otro profesor(a), asistente de la educación o el apoderado directamente.
5.- En caso de accidente escolar-enfermedad repentina – el DSJ deberá avisar telefónicamente al apoderado para que se responsabilice de su pupilo, después de los procedimientos que haya realizado el establecimiento. Cuando se trata de accidente escolar, el establecimiento realiza el parte de accidente y lleva al alumno al hospital y en caso de enfermedad repentina el apoderado deberá retirar al alumno del establecimiento.
Normas que expliciten el comportamiento esperado al interior de la sala de clases entre estudiantes y entre estudiantes y docentes
1.- En caso de discusión irrespetuosa entre alumnos, el profesor conversará con ellos y derivará a inspectoría general y/o orientador(a). El apoderado deberá enterarse de esta situación a través de llamado telefónico o por escrito, en primera instancia y citación especial para informarse de la medida disciplinaria.
2.- Todo alumno deberá ser respetuoso en su lenguaje y en su forma de actuar dentro de y fuera de la sala de clases, en actividades del establecimiento, de lo contrario será anotado en su hoja de vida.
3.- Todo estudiante deberá permitir el desarrollo de las clases, de tal manera de asegurarse de recibir los contenidos.
4.- Todo alumno deberá realizar las actividades de orden académicas solicitadas por los docentes y/o asistentes de la educación; en caso contrario será anotado en su hoja de vida.
5.- Todo alumno deberá esperar la llegada del profesor dentro de la sala de clases.
DE LAS INASISTENCIAS.
1.- Cuando el alumno o alumna falte a clases, el apoderado debe venir a justificar previamente a la reincorporación del alumno.
2.- En caso de inasistencia prolongada por enfermedad o por motivos calificados, los apoderados deberán recurrir a la Unidad Técnico Pedagógica donde dejarán constancia de la causal con el Certificado Médico y quedando éste en el archivo correspondiente. La UTP pondrá una nota en el libro de clases para que los docentes tomen conocimiento de la situación y además avisará a Inspectoría General para los registros de asistencia.
DE LOS ATRASOS AL INICIO DE LA JORNADA
1.- El profesor permitirá el ingreso de los alumnos(as) a la sala hasta con 5 minutos de atraso, sólo al inicio de la jornada (8:00).
2.- La puerta de ingreso al establecimiento se cerrará a las 8:00 horas y aquellos alumnos que lleguen posteriormente deberán presentarse con apoderado, hasta las 09:30 hrs.
3.- Los alumnos tendrán derecho a 2 pases libres de atraso por semestre. Este pase se entregará solo hasta las 08:45 horas.
DE LOS ATRASOS DURANTE LA JORNADA
1.- Los alumnos no podrán llegar atrasados a la sala de clases.
2.- En caso que ocurriese, deberá ingresar obligatoriamente a clases sin pase, pero el profesor deberá registrar la situación en su hoja de observaciones.
3.- Los alumnos y alumnas podrán ser justificados en oficina de informaciones de 07:30 a 18:00 horas.
4.- Los alumnos y alumnas que no tengan residencia en Curanilahue y deban depender de la locomoción, se les entregará un carné que les permitirá ingresar a clases sólo hasta las 8:45 horas; en caso contrario deberán justificar con apoderado.
5.- En caso de desfile o acto público, es deber de todo alumno o alumna participar de ellos, aquellos que asistan serán estimulados con una anotación positiva. Sin embargo, cuando la situación lo amerite, la Dirección y el Consejo de Profesores podrán designar comisiones representativas, en este caso cada curso debe hacerse presente con un mínimo de 10 alumnos y alumnas. Si no se presentan deberán justificar con apoderado.
6.- Los alumnos y alumnas no podrán salir del Establecimiento durante su jornada de clases, salvo casos justificados y previa autorización del apoderado(a) como:
a) Fallecimiento de familiares
b) Enfermedades evidentes o cuando el apoderado personalmente lo retire. En caso de enfermedad, durante la jornada escolar, el alumno o alumna será acompañado(a) al hospital y/o su casa, por personal del Liceo, agotados los medios de comunicación telefónica con sus familiares.
7.- Otras actividades Institucionales autorizadas.
DEL UNIFORME Y LA PRESENTACIÓN PERSONAL
1.- Siendo la presentación personal un importante aspecto de la vida social de los estudiantes y la identificación de éste frente a la comunidad, será obligatorio el uso de uniforme y del buzo del Liceo.
2.- Será sancionado el alumno o alumna que no cumpla con esta obligación.
3.- En caso de tener dificultad para adquirirlo, el apoderado(a) deberá dejar constancia en Inspectoría General, con quien acordará la fecha en que el alumno o alumna obtendrá su uniforme.
4.- Se entenderá por uniforme oficial el que será usado en desfiles, presentaciones, actos, licenciaturas y en toda actividad oficial del Establecimiento.
UNIFORME OFICIAL
El uniforme de las alumnas será: zapato negro, calceta gris, blusa blanca, corbata del liceo, falda cuadrillé (colores del Liceo), suéter escote V color gris y chaqueta azul marino.
El uniforme de los varones será: zapato negro, pantalón gris, camisa blanca, suéter escote V color gris, corbata del Liceo y chaqueta azul marino.
El buzo del Liceo será: pantalón azul marino, chaqueta azul marino con gris, con el logo del Liceo y polera blanca con logo del liceo, zapatillas de color negro o blanca.
5.- Serán de uso optativo en la jornada ordinaria las siguientes prendas:
- Polera color azul marino con cuello, de manga corta o larga según la estación y sin corbata, por la blusa o camisa
- Parka o polar de color azul, plomo o negro
- Las alumnas podrán usar pantalón azul marino.
- Los accesorios como bufandas y guantes serán de color azul, gris o blanco.
6.- Se exigirá el uso de delantal blanco en clases de Laboratorios, limpios y sin rayas ni dibujos.
7.- Se exigirá el uso de overol y zapatos de seguridad en los talleres técnicos.
8.- El día que los alumnos y alumnas tengan clases de Educación Física, deben ingresar al liceo con su uniforme y se cambiarán el buzo sólo para la clase. No podrán permanecer en las otras asignaturas con buzo oficial del Liceo, siendo responsabilidad del profesor de la clase el responsable de su supervisión. (ver artículo transitorio)
9.- Como parte esencial de la buena presentación de los alumnos (varones) se exigirá el mantenimiento del cabello, limpio y corto y el estilo debe ser tradicional. No se autoriza uso de bigotes o barbas. No se permitirá el cabello teñido. Tampoco ningún tipo de aro.
10.- Como parte esencial de la buena presentación de las alumnas, se exigirá el mantenimiento del cabello ordenado, limpio y peinado, y el estilo de peinado debe ser tradicional. Se les permitirá el uso de aros discretos en el lóbulo de la oreja. No se permitirá el cabello teñido.
11.- No se permitirá el uso de gorros en la sala de clases ni en los recreos.
12.- En caso de lluvia torrencial, los alumnos y alumnas podrán venir con ropa de color, pero deberán traer su uniforme en un bolso y cambiarse en el Establecimiento. Los alumnos y alumnas no serán despachados a sus casas si llegasen mojados. Deben tomar las precauciones del caso.
13.- Cada alumno debe ser responsable de sus pertenencias. El Establecimiento no se responsabilizará por la pérdida de ningún artículo o prenda que el alumno ingrese al Liceo.
14.- Con la finalidad de resguardar el desarrollo del trabajo pedagógico y evitar interrupciones, se prohíbe estrictamente el uso de celulares y otros elementos tecnológicos (mp3, mp4, etc.) durante la hora de clases, charlas u otras actividades académicas; esta prohibición rige para todas las personas participantes, expositoras y docentes. Si un alumno es sorprendido utilizando el celular en los casos anteriores, será retenido en Inspectoría General y entregado al apoderado en la semana siguiente y sólo los días viernes. De reincidir en estas faltas se del devolverá luego de un mes.
15.- Los alumnos y alumnas serán observados periódicamente en su presentación personal durante la jornada de clases. Será responsabilidad de todos los docentes y asistentes de la educación y velar por este artículo.
CAPITULO IV:
DISCIPLINA Y COMPORTAMIENTO
1.- Los alumnos deberán acatar todas las disposiciones internas y su comportamiento debe ser siempre correcto dentro y fuera del Establecimiento. Deben cuidar el prestigio de su liceo, ser respetuoso en sus relaciones interpersonales con sus compañeros, con los inspectores, directivos, personal auxiliar y con todo el personal que labora en el establecimiento.
2.- Las observaciones en el libro de clases deberán ser positivas y negativas e incidirán en el Informe Anual de Personalidad
3.- Para los efectos de sanciones, se considerarán faltas graves:
a).- falsificación de firmas b).- falsificación de notas c).- Copiar en las pruebas d).- Sustracción de especies
e).- Deterioro de mobiliario f).- Quebrar vidrios g).- Suplantación de apoderado h).- Tener una actitud verbal y/o gestual grosera frente a cualquier miembro del establecimiento. i).- Retiro sin autorización del establecimiento. j).- Fumar o promover el uso de cigarrillos dentro del establecimiento. k).- Promover, ingresar y / o consumir bebidas alcohólicas en el establecimiento. l).- Promover, incitar y/o provocar riñas dentro del establecimiento y en sus alrededores
m).- Participar en riñas dentro o fuera del establecimiento. n).- Promover, ingresar, vender y/o consumir drogas al interior del establecimiento ñ).- Ingresar armas de cualquier tipo al Liceo.
Las faltas graves que ameriten una sanción mayor (expulsión prolongada) será definida por una comisión ad hoc presidida por el Director.
4.- Los alumnos serán responsables de la conservación del mobiliario y la ornamentación de su sala. Cada curso tendrá una sala equipada y en buenas condiciones. Será su responsabilidad, y la de sus apoderados, mantenerla en excelentes condiciones y mejorarla.
En caso de algún deterioro, será el alumno(a) y su apoderado quien se haga responsable y deberá responder por éste.
5.- Los alumnos podrán ser amonestados por los profesores y / o por cualquier miembro de la unidad educativa dentro y fuera del liceo ante cualquier actitud reñida con su condición de estudiantes del Liceo “Mariano Latorre”, orientándolo y citando al apoderado para reforzar su desarrollo valórico.
6.- Los alumnos deberán transitar en silencio por los pasillos, sin molestar a los cursos en clase, no pudiendo interrumpirlos a menos de contar con autorización de la Dirección, Subdirección, y/o Inspectoría General del Establecimiento. El docente deberá exigir la autorización correspondiente.
7.- Los alumnos(as) podrán permanecer en las salas durante los recreos, siempre y cuando permanezcan en una actitud de sociabilidad compartiendo sanamente con sus compañeros. Lo anterior siempre que mantengan buen comportamiento.
8.- Los alumnos(as) no podrán llegar atrasados a la sala de clases después de un recreo o en cambio de hora. Sin embargo, si esto ocurriera, se le permitirá entrar y se consignará inmediatamente una anotación negativa.
9.- El profesor jefe debe citar a los apoderados(as) cuando estas anotaciones sean graves o tenga a lo menos 3 anotaciones negativas. El profesor jefe deberá dejar constancia de la atención al alumno y /o apoderado en la hoja de vida respectiva.
10.- Si un docente directivo , docente y/ o asistente de la educación atiende a un alumno o apoderado, deberá dejar la constancia respectiva en la hoja de vida del alumno, ante alguna situación específica de disciplina.
11.- Si un apoderado es citado al establecimiento por un docente directivo, docente y/ o asistente de la educación y no se presenta, el alumno no podrá ingresar a clases hasta que resolver la situación.
12 .- Si un alumno(a) termina una prueba antes del término de la hora no podrá hacer abandono de la sala de clases, salvo cuando el profesor lo estime procedente; esto último solo regirá antes de un recreo o al término de la jornada. Será responsabilidad del inspector de pasillo el cautelar comportamiento de los alumnos.
13.- Todo alumno(a) expulsado de la sala será llevado a Inspectoría General por un asistente de la educación, para que sea escuchado, amonestado y/o sancionado según la gravedad de la falta. En casos calificados, el alumno(a) será acompañado por el profesor, debiendo el asistente de la educación permanecer en la sala, además; este alumno(a) deberá permanecer en la biblioteca realizando una actividad beneficiosa señalada por el profesor, quien procederá a evaluarla posteriormente. El profesor que lo expulsa debe dejar constancia de la situación y atender al apoderado(a).
14.- A los alumnos que infrinjan estas disposiciones reglamentarias se les aplicarán las siguientes sanciones:
a) AMONESTACION VERBAL: Puede ejercerla cualquier miembro de la Dirección, personal docente, asistente de la educación, auxiliares y otros profesionales del establecimiento. En términos de respeto a la dignidad del estudiante.
b) AMONESTACION ESCRITA: En el libro de clases, lo aplica cualquier miembro de la Dirección, personal docente o asistente de la educación.
c) CITACION AL APODERADO(A): La aplica la Dirección, Inspectoría general, el profesor jefe y el profesor de asignatura, previo informe a Inspectoría General.
d) SUSPENSION DE UNO O MAS DIAS O INDEFINIDA: La aplica la Dirección y la Inspectoría General.
e) CONDICIONALIDAD DE MATRICULA: La decide la Inspectoría General junto con el profesor jefe.
f) CAMBIO DE CURSO: lo decide la UTP y la Inspectoría General, previa conversación con profesores jefes y apoderados.
g) CADUCIDAD MATRICULA: La decide el Director del liceo y la comisión Ad hoc. Esta comisión estará integrada por docentes y/o asistentes de la educación.
15.- Los alumnos merecedores de una suspensión no podrán retirarse del establecimiento, sino hasta el término de la jornada. Será obligación de inspectoría General avisar vía telefónica de forma inmediata al apoderado(a), a fin de tomar conocimiento de esta situación. Posteriormente se reunirá con el y se le comunicará personalmente de la sanción.
16.- Los alumnos sancionados con una suspensión no podrán ingresar al recinto del liceo durante el período de suspensión, esto incluye; actividades extraprogramáticas de toda índole (académicas, artísticas, deportivas, científicas, aniversario etc.). En caso de infringir esta norma, aumentarán sus días de suspensión.
CAPITULO V
DISPOSICIONES Y PROCEDIMIENTOS DE PERMANENCIA DE LOS ESTUDIANTES DEL LICEO MARIANO LATORRE QUE TRANSGREDEN EL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Criterios de permanencia:
1.- Todos los alumnos(as) matriculados(as) son alumnos(as) regulares del Liceo Mariano Latorre
2.- Los alumnos(as) que transgredan sistemáticamente y/o gravemente las normas establecidas en el Reglamento Interno de convivencia escolar serán sometidos a las disposiciones de permanencia.
3.- La revisión de cada caso en particular estará a cargo de una comisión que será integrada por: el profesores jefe, profesores de asignatura de curso, un asistente de la educación, orientador(a) y presidida por la Inspectoría General, quienes deberán emitir un informe escrito.
4.- Para la situación en que sea necesario aplicar los criterios de permanencia, se procederá de acuerdo a los siguientes procedimientos:
a).- Etapa de recopilación de información: a cargo del profesor jefe, se reunirán los antecedentes del alumno(a) de tipo académico, disciplinario, familiar y psicosocial
b).- Completación de la pauta por parte del profesor jefe: esta debe ser retirada en Inspectoría General.
c).- Una vez completada la pauta será entregada en Inspectoría General
d).- Conocida la situación disciplinaria y recibidos los antecedentes, será la Dirección y/o la Inspectoría General quien convocará a la comisión para la revisión de un caso.
5.- La decisión adoptada por la comisión será dada a conocer personalmente al alumno(a) y apoderado(a) por la Dirección y/o Inspectoría General y por escrito.
6.- Este procedimiento se puede realizar en cualquier instancia del año lectivo.
7.- La Comisión disciplinaria podrá aplicar las siguientes sanciones:
- matrícula condicional
- cambio de curso.
- retiro voluntario.
- suspender la asistencia a clases, pero rendir pruebas especiales a fin de año
- caducidad de matrícula durante el año lectivo
- negación de matrícula para el año siguiente
8.- Para los alumnos(as) matriculados(as) con objeciones y quienes hayan caído en faltas a la reglamentación vigente se realizará una evaluación, al término del primer semestre, a fin del año escolar o cuando la situación lo amerite, para revisar los casos especiales.
9.- Alumnos/as cuyos antecedentes y decisiones de la comisión sean negativos, tendrán la posibilidad de elevar solicitud de gracia al estamento siguiente. Éste revisará el caso y podrá sugerir nuevas alternativas que serán revisadas por la comisión respectiva.
10.- Aquellos estudiantes que estén en situación de Condicionalidad de matrícula y que reincidan en las mismas conductas y comportamientos en cuestión, la comisión de Profesores en común acuerdo con el Director y tras la solicitud de gracia podrán aplicar al estudiante a sanción que amerite.
ARTICULOS TRANSITORIOS
Artículo 1 transitorio.- El día que los alumnos y alumnas tengan educación física y recreación, podrán permanecer con buzo oficial del establecimiento durante la jornada normal de clases. Este artículo se mantendrá hasta que el establecimiento cuente con las condiciones adecuadas de higiene y seguridad. Si el o la alumna no cuenta con el buzo completo deberá permanecer con uniforme de colegio en el resto de las horas de clases.
Artículo 2 transitorio: Los alumnos y alumnas de 4° años medios podrán utilizar en el segundo semestre un polerón de recuerdo de curso y liceo, siempre y cuando todo el curso esté de acuerdo.
Artículo 3 transitorio: Todo el personal del establecimiento (Directivos, Docentes, Asistentes de la Educación, Auxiliares, Maestros y Personal de los Programas) deberá velar por el cumplimiento de la presentación personal de los alumnos y alumnas del establecimiento y por la mantención y conservación de las distintas dependencias del colegio.









